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Después de un año, por fin el Senado aprobó hasta 22 años de carcel por matrimonio infantil en México

Por unanimidad de 90 votos, el Senado de la República aprobó el dictamen a la minuta para penalizar el matrimonio infantil, el cual será sancionado con cárcel de ocho a 15 años y multa; e incrementará si la víctima es integrante de una comunidad indígena o comunidad afromexicana.

Las reformas se hicieron al artículo 205-Bis y se creó el Capítulo IX al Título Octavo del Código Penal Federal en materia de matrimonio forzado de personas menores de edad, cuya minuta estuvo congelada en el Senado un año. Hoy, tras su aprobación, el decreto fue enviado a el Ejecutivo federal para su promulgación y entrada en vigor.

La reforma establece que es cohabitación forzada la que se comete en contra de personas menores de 18 años, de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de las que no tienen capacidad para resistirlo.

Comete el delito de cohabitación forzada “quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio”.

Ese delito será sancionado con penas de prisión de ocho a 15 años, pero, si la víctima es integrante de una comunidad indígena o comunidad afromexicana, la pena será de 12 años hasta 22 años y medio.

Respecto a las multas, el decreto aprobado menciona que serán en “salario diario” y no en Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Si se trata de salario mínimo vigente, que es de 207.44 pesos en este 2023, la multa será de mil a 2,500 días: de 207,440 pesos a 518, 600 pesos.

En Unidad de Medida y Actualización (103.74 pesos) la sanción sería de 103,740 pesos a 259,350 pesos.

Si la víctima es integrante de una comunidad indígena o comunidad afromexicana, la pena será 12 años y 311,160 pesos o hasta 22 años de cárcel y 778, 029 pesos.

El dictamen establece que ese tipo de uniones con menores de 18 años tiene consecuencias negativas, pues al ser separados de su familia y amigos “pierden la libertad de relacionarse con personas de su edad, participar en actividades comunitarias, sus oportunidades educativas se reducen, así como la construcción de un proyecto de vida”.

Además, ese delito puede derivar en la comisión de otros ilícitos y abusos, como la realización de trabajos forzados, prostitución y violencia contra los infantes, embarazos prematuros, mayor riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, entre otras.

Cabe mencionar que la iniciativa fue presentada en abril de 2022 por la diputada Karen Michel González Márquez de Acción Nacional (PAN) y la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Revolucionario Institucional (PRI). El mismo mes, el día 26, fue aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados, con la reserva del diputado Ángel Miguel Rodríguez Torres, de Morena, quien propuso elevar las sanciones de cárcel y multa si la víctima es parte de una comunidad indígena o afromexicana.

González Márquez mencionó en su propuesta que “resulta vergonzoso y una auténtica afrenta que México ocupe el lugar ocho entre los 20 países con mayor número de matrimonios infantiles».

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística (Inegi), 423,000 niñas fueron obligadas a casarse, 339,000 a través de un robo o intercambio.

La senadora Josefina Vázquez Mota, del PAN, advirtió que no es válido el argumento de usos y costumbres en comunidades indígenas y afromexicanas para validar la cohabitación de un adulto con una persona menor.

@Comunidades mx

 

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