Nacional

Diputados aprueban prohibir terapias de conversión

La Cámara de Diputados aprobó reformas que prohíben y sancionan las llamadas terapias de conversión, conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (Ecosig).

El proyecto, que será devuelto al Senado de la República para su aprobación y eventual aprobación, fue avalado por 275 votos a favor, 102 en contra y 30 abstenciones, hecho que fue celebrado por activistas y legisladoras.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) define a las terapias de conversión como «intervenciones profundamente dañinas» que se basan en la idea médicamente falsa de que las personas LGBTTTQ+ y otras personas con diversidad de género están “enfermas”.

En 2012, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) expuso que las «terapias de conversión» no tenían justificación médica y representaban una grave amenaza para la salud y los derechos humanos de las personas afectadas. En 2016, la Asociación Mundial de Psiquiatría descubrió que «no hay evidencia científica sólida de que se pueda cambiar la orientación sexual innata”.

La reforma aprobada por los diputados establece que se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Además, indica que se aumentará al doble la sanción cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez, según refiere entre aspectos el texto.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba