Congreso del Estado

La Junta de Gobierno del Congreso propone derogar el delito de ultraje

Durante la Sesión Pública Ordinaria celebrada ayer por la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, la Mesa Directiva dio cuenta de la iniciativa de decreto presentada por integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política por la que se derogan los artículos 207 y 208 del Código Penal del Estado, correspondiente al delito de ultraje de la autoridad para eliminarlo del ordenamiento jurídico, porque atenta contra la libertad de expresión.

Los artículos 207 y 208 del Código Penal del Estado de Puebla señalan:

Artículo 207:

Al que cometa un delito en contra de un funcionario público, empleado o agente de la autoridad, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de éstas, se le impondrá sanción de un mes a tres años de prisión y multa de uno a diez Unidades de Medida y Actualización, además de la que corresponda imponerle por el delito cometido.

Artículo 208:

Los ultrajes hechos al Congreso del Estado, al Tribunal Superior de Justicia, o a un Cuerpo Colegiado de la Administración de Justicia o a cualquiera otra institución pública, se sancionarán con prisión de dos meses a dos años y multa de una a cinco Unidades de Medida y Actualización.

El delito de ultraje a la autoridad es todo aquel acto que suponga una ofensa, insulto o agresión, de forma física o verbal, dirigida contra un funcionario o un servidor público, con motivo del cumplimiento de sus funciones o en el ejercicio de ellas. Por lo que esta iniciativa busca proteger los derechos humanos de todas las personas.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.

Es importante señalar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad en sentencia en 2021 y un grupo de senadores presentó un exhorto a los congresos locales de 18 estados del país a derogar el delito, que se contrapone jurídicamente con los principios de presunción de inocencia, el libre desarrollo de la personalidad y libertad de expresión.

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