
Tras la remoción de Francisco Romero Serrano al frente de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, el Honorable Congreso del Estado publicó la Convocatoria para que las Universidades e Instituciones de Educación Superior, Asociaciones, Barras y Colegios de Contadores Públicos, de Abogados, de Licenciados en Derecho, de Economistas, de Administradores Públicos o de Empresas, legalmente constituidos, propongan a las personas profesionales que puedan desempeñar el cargo de titular de la Auditoría Superior del Estado de Puebla.
La persona titular podrá estar en el cargo hasta por un periodo de siete años.
De conformidad con el artículo 121 de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla, las personas que sean propuestas para ocupar el cargo de Titular de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, deberán acreditar los requisitos siguientes:
- Ser ciudadana/o mexicana/o, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
- Tener cuando menos treinta años cumplidos al día de su elección;
- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional o inhabilitado en cualquiera de las esferas de gobierno. Sin perjuicio de lo anterior, si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro delito que afecte seriamente la buena fama, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena;
- No haber sido, durante los tres años anteriores a su nombramiento, Gobernador del Estado, titular de alguna dependencia o entidad del Gobierno Federal o local, con excepción de los órganos responsables del control interno, Senador, Diputado Federal o Local, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrado o Juez del Poder Judicial de la Federación o del Estado, Presidente Municipal o dirigente de partido político alguno, ni haber sido postulado para cargo de elección popular durante el año previo al día de su nombramiento;
- Contar, al momento de su nombramiento, con experiencia comprobable de, al menos cinco años en actividades o funciones en materia de fiscalización, auditoria, responsabilidades, control interno, evaluación del desempeño u otros equivalentes.
- Poseer al día de su elección, título con antigüedad mínima de cinco años y cédula profesional como contador público, licenciado en derecho o abogado, licenciado en economía, licenciado en administración o cualquier otro título profesional relacionado con las actividades de fiscalización expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello; y
- No haber sido inhabilitada/o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni removido por causa grave de algún cargo del sector público o privado.