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Detalles de la nueva Ley para el Home Office en México

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se ha publicado este jueves la norma en materia de Teletrabajo, dando cumplimiento a las reformas establecidas en la Ley Federal del Trabajo en enero de 2021. Esta normativa tiene como objetivo regular y garantizar los derechos y las condiciones laborales adecuadas para aquellos trabajadores que realizan sus labores desde su hogar o en un domicilio distinto al centro de trabajo.

La norma recién publicada aplicará a todos los centros de trabajo que cuenten con empleados que trabajen más del 40% de su tiempo en un lugar distinto a la oficina. Entre las disposiciones más destacables de esta norma se encuentra la obligación para los empleadores de proporcionar a sus trabajadores una serie de condiciones necesarias para un buen desempeño laboral en el hogar.

Para el teletrabajo, la normativa establece que los empleadores deberán cumplir con ciertas obligaciones, como proporcionar una silla ergonómica, pagar de manera proporcional el consumo de internet y energía eléctrica, y suministrar herramientas de trabajo como computadora, tableta, teléfono inteligente, impresora y los suministros necesarios para su uso.

Asimismo, se reconoce el derecho a la desconexión y se estipula que fuera del horario laboral establecido previamente, no se podrán solicitar tareas o tiempos extra de trabajo. Los trabajadores también deberán contar con un espacio adecuado y seguro en su hogar que los proteja de agentes físicos y factores de riesgo ergonómico y psicosocial, como una adecuada ventilación e iluminación.

La norma otorga un papel preponderante a las Comisiones de Seguridad e Higiene, permitiendo que la representación de los trabajadores valide las condiciones en las que se lleva a cabo el teletrabajo y asegure que son las adecuadas.

Es importante destacar que los trabajadores que realizan teletrabajo gozan de los mismos derechos que el resto de los empleados, tanto a nivel individual como colectivo. Esto incluye el derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y a mantener contacto con sus compañeros que trabajan de manera presencial en el centro laboral.

La ley exige la implementación de una Política de Teletrabajo que establezca mecanismos de comunicación y reglas de contacto, como la duración del horario o la distribución de la jornada laboral.

Cabe señalar que el teletrabajo es reversible en caso de que se presenten condiciones inseguras o alteraciones en la seguridad y salud laboral que justifiquen el regreso al trabajo presencial, o si así conviene a los intereses laborales del empleado.

Además, la norma establece protecciones especiales con perspectiva de género para las trabajadoras que puedan sufrir violencia en el hogar, reconociendo también su derecho al periodo de lactancia y contemplando una pausa para alimentar a sus hijos o realizar la extracción de leche.

La ley entrará en vigor seis meses después de su publicación, es decir, en diciembre de este año. Con esta nueva normativa, se suma a las 44 regulaciones existentes en materia de seguridad y salud en el trabajo emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, reforzando así la protección de los derechos y las condiciones laborales de los trabajadores en el ámbito del teletrabajo.

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